Juez halló culpable a subteniente del Ejército por crimen de menores en Tame
La juez 27 de conocimiento emitió sentido de fallo condenatorio contra el subteniente Raúl Muñoz Linares por su responsabilidad en la doble violación y triple homicidio de tres menores de edad en hechos ocurridos en zona rural del municipio de Tame, Arauca, en octubre de 2010.
Durante su intervención la funcionaria judicial le dio validez a las pruebas testimoniales y documentales presentadas por la Fiscalía General que evidenciaban la responsabilidad del militar en la violación de dos menores de 13 y 14 años de edad, así como el asesinato de esta última junto a sus tres hermanitos de nueve y seis años quienes fueron hallados en una fosa común.
En este sentido, aclaró la juez, la defensa del militar no pudo contradecir las pruebas presentadas por el ente investigador entre las cuales se encontraban las muestras de semen del subteniente Muñoz en el interior de la menor muerta y su ropa, así como las muestras de violencia que tenían los menores en su cuerpo.
«Se logró demostrar la hipótesis delictiva, aunque las pruebas no son muchas, sí son bastantes sólidas y contundentes para esclarecer las conductas punibles», precisó la administradora de justicia haciendo referencia a las pruebas presentadas por la Fiscalía General.
Según la juez, basándose en el testimonio rendido por la menor de edad de 13 años, el subteniente Raúl Muñoz Linares abusó sexualmente de ella el 2 de octubre de 2010, la cual fue comprobada por pruebas testimoniales que evidenciaban dicha violación y maltrato físico.
«La sometió a un hecho violento con el fin de satisfacer sus necesidades sexuales, sabía que estaba prohibido, pero dispuso de todo para consumarlo y prueba de esto fue la violencia moral y la llevó a un lugar clandestino», aclaró la funcionaria judicial.
«Era una niña»
Durante su intervención, la funcionaria judicial rechazó los argumentos presentados por la defensa del militar retirado con los cuales se buscaba demostrar que Muñoz Linares había mantenido relaciones consentidas con la niña, de quien creía tenía 16 años puesto que tenía un tatuaje, se maquillaba y parecía de mayor edad por su fisionomía.
La juez aclaró que basándose en cuatro militares que presentaron su declaración bajo la gravedad de juramento todos coincidieron en que era evidente que la niña tenía entre 13 y 14 años. «Se cae por su propio peso las manifestaciones del acusado», precisó al señalar que científicamente y testimonialmente se logró demostrar que la niña muerta era menor de edad.
En este caso argumentó que en la declaración presentada por la otra menor de edad abusada por el subteniente quien manifestó que mientras abusaba sexualmente de ella le preguntaba cuántos años tenía a lo que ella respondía que 13, lo que sin embargo no motivó al militar para que finalizara su actividad sexual.
Repasando varios testimonios entregados por suboficiales del Ejército, la juez fue enfática en señalar que el entonces comandante de la Compañía Buitre 2 había dialogado con la menor de 14 años el 10 de octubre de 2010, además de hacer un observatorio los días anteriores con el fin de evidenciar que la menor se quedaba la mayor parte del tiempo sola en su casa con sus dos hermanitos puesto que su padre se la pasaba trabajando.
«El Ejército no brindó ayuda»
En su intervención, la funcionaria manifestó que según las versiones del padre de los menores asesinados y de los vecinos que lo acompañaron al momento de buscar a sus hijos y posterior hallazgo de la fosa común «el Ejército no les brindó ningún tipo de ayuda».
En este sentido señaló que los militares que operaban en la zona les manifestaron que no podían ayudarlos a buscar a los menores de edad puesto que no podían moverse de la zona, argumentando que tampoco podían brindarles seguridad para la búsqueda pese a los graves de orden público y de seguridad que se registraron en la zona.
«No tuvo un auxilio efectivo del Ejército», señaló la juez citando a varios testigos considerando que pese a que los niños desaparecieron el 14 de octubre y los cuerpos fueron hallados el 16, solamente hasta el 18 los militares llegaron al lugar de los hechos.
«Por razones de humanidad tenían que auxiliar a los pobladores pero no lo hicieron, por eso la Cruz Roja procedió a ayudar a los campesinos en la exhumación de los cadáveres», argumentó la juez al rechazar los argumentos presentados por la defensa sobre el hecho de que el organismo internacional no tenia labores de policía judicial por lo que afectó la exhumación de los cuerpos.
La pena máxima
En su intervención, el fiscal 16 de derechos humanos manifestó que ante la gravedad de estos hechos el subteniente debe ser condenado a la pena de 60 años, la máxima establecida en el código penal colombiano, sin ningún beneficio o rebaja en la pena puesto que en los casos estuvieron inmersos cuatro menores de edad.
El próximo 18 de septiembre la juez 27 de conocimiento preentará la dosificación de la pena en contra de Muñoz Linares, quien no asisitó a la diligencia judicial de este lunes argumentando amenazas en su contra «por parte de varios grupos armados ilegales».