Humanidad Vigente | Tribunal superior de Arauca ordenó a la fiscalía segunda especializada de Arauca garantizar los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia de menor de edad víctima del ejército nacional. - Humanidad Vigente
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Tribunal superior de Arauca ordenó a la fiscalía segunda especializada de Arauca garantizar los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia de menor de edad víctima del ejército nacional.

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1 julio, 2017
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Imagen tomada de El Tiempo

El día veinticinco de septiembre de 2007, miembros del Batallón Revéiz Pizarro adscritos a la Brigada Móvil          No. 5 del ejército nacional arribaron e instalaron un campamento en la casa de la señora Ana Melba Arciniégas Sánchez, ubicada en la vereda filipinas del municipio de Tame Arauca lugar en el que se encontraban varios menores de edad y personas mayores lo cual no fue obstáculo para que los militares permanecieran allí. Al día siguiente, en reacción a una explosión ocasionada en el sector presuntamente provocada por la subversión, los militares dispararon  indiscriminadamente y sin ninguna precaución, producto de esta acción resultaron heridos Adriana Paola Sánchez Arciniégas de 16 años quien tuvo que someterse a varios procedimientos quirúrgicos y terapias toda vez que uno de los proyectiles disparados le ocasiono una herida en la región parietal; y sus hermanitos Ermeson Sánchez Arciniégas de 6 años y Oscar Sánchez Arciniégas de 16 años de edad. En principio el ejército nacional negó que las heridas producidas en la humanidad de la menor fuesen por un artefacto suyo , versión que fue negada por la comunidad al constatar que en el lugar donde se encontraban los menores no existían indicios de esquirlas, ni destrozos, pero si observaron tiros de fusil, que pudieron ser causados por reacción del ejército.

Desde la ocurrencia de los hechos y su posterior denuncia han pasado casi 10 años de impunidad y negación de justicia para la familia Arciniégas Sánchez siéndoles  imposible el acceso a la justicia motivo por el cual  el 19 de mayo de 2017 Humanidad Vigente quien les acompaña interpuso acción de tutela en contra de la Fiscalía Segunda Especializada de Arauca por la violación al derecho fundamental al debido proceso, acceso a la justicia y la protección especial de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Dicha acción de tutela obtuvo respuesta el 06 de junio de 2017, por el Tribunal superior de Arauca el cual ordenó a la fiscalía segunda especializada de Arauca decretar el cierre de la investigación previa y proferir la decisión que en derecho corresponda dentro de los 15 días siguientes al fallo con el fin de garantizar los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia de una de las víctimas menor de edad para la fecha de los hechos, igualmente previene a la fiscalía general de la nación, en general, y a la fiscalía segunda especializada de Arauca en particular, para que se abstenga de ahora en adelante en incurrir en conductas violatorias de los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, toda vez que la prolongación injustificada del cumplimiento de su deber constitucional no solo está vulnerando a la persona directamente afectada sino también transgrede los principios constitucionales que propenden por un orden social justo.

Humanidad Vigente continua trabajando por la defensa integral de los  derechos de las niñas y niños, a fin que se establezcan y cumplan medidas de reparación integral para esta población afectada gravemente por el conflicto armado de acuerdo a los estándares y tratados internacionales suscritos por Colombia en materia de niñez.