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Para lograr una Paz sin desaparecidos es necesario una Unidad de Búsqueda con autonomía e independencia

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Las organizaciones de víctimas y derechos humanos abajo firmantes expresamos nuestro respaldo a la creación de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y hacemos un llamado a que la Corte Constitucional garantice su autonomía y régimen legal propio como elementos necesarios que permitirán el correcto funcionamiento de la UBPD.

Esperamos que la puesta en marcha de la UPBD contribuya a la satisfacción de los derechos de los familiares de personas víctimas de desaparición forzada, respondiendo a la magnitud del fenómeno, que, según diversas fuentes sitúa entre 45.000 y 60.000 la cifra de personas desaparecidas. En este sentido la tarea de la UBPD respecto a la obligación de su búsqueda y localización es indispensable, urgente y necesaria.

Sin embargo, nos preocupa que tal como quedó definida la naturaleza jurídica de la Unidad en el Artículo Transitorio 3º  del Acto Legislativo 01 de 2017, el cumplimiento del mandato de la UBPD no se realice a cabalidad. Dicho artículo determinó que la UBPD no será un ente autónomo del orden nacional ni tendrá un régimen legal propio, por el contrario será una entidad adscrita al sector justicia. Consideramos que el artículo transitorio 3º  es contrario a lo establecido en el Acuerdo, puesto que del espíritu de este se desprende que la Unidad debe ser un órgano de alto nivel, autónomo e independiente en los términos del artículo 113 de la Constitución.

Teniendo en cuenta lo anterior, desde nuestra perspectiva no brindarle el alto nivel y autonomía que establece el Acuerdo tiene varios inconvenientes para la legitimidad y funcionamiento de la UBPD:

  • Variaciones en la definición y ejecución de la política de búsqueda de la UBPD. Si la UBPD se adscribe al Ministerio de Justicia y del Derecho nos preocupa que al finalizar el término de su vigencia, la Unidad no haya podido alcanzar los resultados previstos debido a la injerencia que puedan tener las prioridades o lineamientos de uno y otro ministro de turno, en la definición y ejecución de la política de búsqueda de la UBPD.
  • Capacidad presupuestal para la ejecución de sus labores. Preocupa además, que la UBPD no reciba los recursos necesarios para desarrollar su mandato. En razón a la tecnicidad y cientificidad de los procedimientos que efectuara la UBDP, es necesario que esta sea una entidad autónoma e independiente que reciba financiación directa por parte del Estado.
  • Interrelación y coordinación con otras entidades del Estado. Supeditar la UBDP a otra entidad como el Ministerio de Justicia y del Derecho o afirmar su pertenencia a un determinado “sector” del Estado, se traduce en convertirla en una entidad de segundo nivel que en la práctica dependerá de las directrices del ministerio para poder desenvolverse e interactuar con otras instituciones del Estado para el ejercicio de su mandato
  • Legitimidad de la UBPD. Para ser percibida por todas las víctimas como una entidad imparcial en la que se puede confiar, la UBDP debe ser una entidad autónoma e independiente de las ramas del poder público. Una de las obligaciones de los Estados en el marco del posconflicto es buscar que la sociedad recupere la confianza en sus instituciones. La UBPD debe ser capaz de generar ante la opinión pública la certeza de que, las personas desaparecidas en el marco del conflicto por agentes estatales y otros actores armados serán halladas y al final de su mandato el derecho a la verdad de las víctimas habrá sido satisfecho en gran medida gracias a la imparcialidad de su labor.

Por estas razones, las organizaciones abajo firmantes solicitamos a la Corte Constitucional que declare la exequibilidad condicionada del artículo 3º del acto legislativo 001 de 2017, estableciendo que, en efecto, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado será una entidad autónoma del orden nacional, ubicada al más alto nivel de la estructura estatal y que contará con un régimen legal propio, en consonancia con lo convenido en el punto 5.1.b. del acuerdo final para la terminación del conflicto.

Organizaciones firmantes:

  1. Alianza pedagógica por La Paz
  2. Asociación de Exiliados Colombianos en el Exterior (Comisión Chile)
  3. Asociación de víctimas de Colombianos en Canadá – ASOVICA
  4. Asociación Nacional de Ayuda Solidaria- ANDAS
  5. ASOVIC – Panamá
  6. Central Nacional Provivienda CENAPROV
  7. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
  8. Colectivo Socio Jurídico Orlando Fals Borda
  9. COLPAZ – México
  10. Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos
  11. Coordinación Colombia Europa Estados Unidos
  12. Corporación Claretiana Norman Pérez Bello
  13. Corporación CorpoColombia-Verde
  14. Corporación Cultural para el Desarrollo: Arlequin y los Juglares
  15. Corporación Jurídica Libertad
  16. Corporación Jurídica Yira Castro
  17. Corporación para el Desarrollo Regional
  18. Corporación Reiniciar
  19. Departamento de Solidaridad, Víctimas y DD.HH. del Partido Comunista Colombiano -PCC-
  20. Ecos de Colombia – Costa Rica
  21. Equipo Colombiano Interdisciplinario de trabajo forense y asistencia psicosocial- EQUITAS
  22. Escuela de derechos humanos
  23. Comité de Solidaridad con los Presos Políticos
  24. Fundación FUNDEXCO
  25. Fundación Nydia Erika Bautista
  26. I.J.O.S – Hijas e hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio
  27. Hijos e Hijas por la Memoria y Contra la Impunidad
  28. Humanidad Vigente Corporación Jurídica
  29. Mesa de Victimas colombianas en Uruguay
  30. Mesa de Víctimas del conflicto colombiano en Argentina
  31. Mesa Nacional de Víctimas Pertenecientes a Organizaciones Sociales
  32. Mesa Social Minero Energética y Ambiental por la Paz
  33. Migrantes y Exiliados Colombianos por la Paz MECOPA – Argentina
  34. Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado – MOVICE
  35. Movimiento Político y Social Marcha Patriótica
  36. Organización Refugiados Colombianos en Chile “OCORCH”
  37. Red de Victimas Colombianas por la Paz en América Latina y el Caribe REVICPAZ-LAC
  38. Unión Patriótica Cali

Mira el comunicado en PDF aca: Para lograr una Paz sin desaparecidos es necesaria una Unidad de Búsqueda con autonomía e independencia borradorREV