La urgencia de una política de estado para la búsqueda de las personas desaparecidas forzadamente – La Lupa No. 8
En esta entrega se abordarán los aspectos generales de las medidas cautelares (en adelante M. C.) Solicitadas por el movimiento nacional de víctimas de crímenes de estado (MOVICE) y organizaciones de derechos humanos acompañantes para la protección, cuidado y la preservación de varios lugares del territorio nacional, en los que se presume la existencia de cuerpos de víctimas de desaparición forzada y que fueron otorgadas por la Sección de Primera Instancia para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). En este boletín se precisará sobre: 1. Los avances generados a partir de la apertura de las medidas cautelares, su relación con la política pública de búsqueda de las víctimas de desaparición forzada. 2. Los retos y dificultades que ha tenido que afrontar la JEP frente a la búsqueda de cuerpos. El presente boletín fue elaborado en coordinación con las organizaciones que integran el Espacio de Litigio Estratégico (ELE), quienes acompañan y representan casos ante la JEP.
Por medio del Auto 001 del 14 de septiembre de 2018, la SAR avocó conocimiento de la solicitud de medidas cautelares promovida por el MOVICE, presentada ante la JEP de forma prioritaria y prevalente, con base en el artículo 22 de la Ley de Procedimiento de la Jurisdicción (Ley 1922 de 2018), para el cuidado, la protección y la preservación de dieciséis (16) lugares del territorio nacional donde se presume la existencia de fosas con cuerpos de víctimas de desaparición forzada en el marco del conflicto armado. Dichos lugares se encuentran ubicados en cementerios y zonas a campo abierto en los departamentos de Antioquia, Caldas, Sucre, Cesar y Santander.
Conoce el boletín No. 8: