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Ejercito utiliza campañas cívicas para obtener información de la población civil.

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8 abril, 2014
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militares huila

En entrevista realizada por el Diario del Huila, al coronel Juan Carlos Prieto, comandante del Batallón de Infantería No. 26 Cacique Pigoanza, que opera en el departamento del Huila, este aseguro que las actividades cívicas realizadas por el Batallón están encaminadas entre otros motivos a «influenciar a la desmovilización del enemigo, el no pago a las extorsiones y animar al ciudadano a denunciar delitos que atenten contra la comunidad».

El batallón Pigoanza ha realizado varias actividades en los municipios de Garzón, Gigante, La Plata, Pital, Agrado, Paicol, Tesalia entre otros del departamento involucrando a las comunidades, mujeres, hombres, niñas, niños y jóvenes en sus actividades asistencialistas, las cuales no solucionan de fondo las problemáticas de las comunidades, pero en cambio si ponen en riesgo la vida de las personas que en ellas participan.

Dado el alto número de presencia militar en la región se han incrementado de manera preocupante las capturas ilegales, como quedó demostrado el pasado 7 de abril cuando el Estado fue condenado a indemnizar a ocho campesinos del departamento del Huila, víctimas de montajes judiciales quienes fueron señalados por sus vecinos de ser colaboradores de grupos al margen de la ley, con el fin de recibir las recompensas ofrecidas por parte del ejército , hoy un año después de su captura recuperan la libertad. Según reporte de la Defensoría del Pueblo, de 2012 a la fecha han registrado 26 casos de falsos positivos judiciales que en la actualidad están estudiando.

El reclutamiento ilegal por parte del ejército nacional en la región también ha crecido de manera alarmante, mediante las ya prohibidas y mal llamadas «batidas», a pesar que está establecido en el fallo con sentencia C-879 de 2011 de la corte constitucional «que la libertad como principio, valor y derecho fundamental sólo puede ser objeto de limitaciones legales y por vía judicial, en circunstancias regladas, con lo cual no le es dado a ninguna autoridad conculcar las libertades en general, ni la libertad de locomoción en particular, en la medida que se trata de una garantía que es condición necesaria para el ejercicio de todas la demás libertades y derechos» .

Humanidad Vigente Corporación Jurídica expresa su preocupación por la manera en la cual el establecimiento castrense está realizando actividades cívicas, con el fin de obtener información de la sociedad civil, entre ellos niños, niñas y jóvenes sobre grupos al margen de la ley, lo cual pone en riesgo su integridad, su permanencia en el territorio y recordamos como está establecido en la Ley 1098 de 2006 que es principio del Derecho Internacional Humanitario distinguir en todo momento entre civiles, combatientes y autoridades municipales.

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