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ACCIÓN URGENTE

Escrito por  el 
18 febrero, 2015
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PERSECUCIÓN Y HOSTIGAMIENTO JUDICIAL CONTRA EL COMITÉ CÍVICO POR LOS DERECHOS HUMANOS DEL META Y SU PRESIDENTA Y REPRESENTANTE LEGAL, ISLENA REY RODRIGUEZ

comite meta

EL COMITÉ CÍVICO POR LOS DERECHOS HUMANOS DEL META, CCDHM, denuncia ante la comunidad nacional e internacional la persecución y hostigamiento judicial del que vienen siendo víctimas varios de sus integrantes, entre ellos su Presidenta y Representante Legal, ISLENA REY RODRIGUEZ, hechos que se suman a las amenazas y atentados que han sufrido de manera permanente por parte de los grupos armados al margen de la ley y de los constantes contratiempos presentados en su esquema de protección.

HECHOS:

1. El pasado día martes 10 del mes de febrero de 2015, ISLENA REY RODRIGUEZ recibió una llamada de un integrante de la SIJIN, (Patrullero Valencia) en la que le requería para realizarle una diligencia que él denominó de «reseña y arraigo».

2. Ante la insistencia de ISLENA por saber los motivos y contenido de dicha diligencia, se le informó muy someramente que se trataba de un proceso que le adelantaba en su contra la Fiscalía por el presunto punible de «obstrucción a la justicia», relacionado al parecer con las actuaciones que efectuó el Comité con ocasión de la ejecución extrajudicial del menor JEISSON ALEJANDRO SANCHEZ PEREA, en hechos sucedidos el día 12 del mes de Marzo de 2011 en la vereda Mata de Bambú del municipio de Vistahermosa, Meta, crimen que compromete la responsabilidad de varios integrantes de la Brigada Móvil No. 12 del Ejército Nacional que opera en el municipio de Vistahermosa, Meta, y por lo que el Juzgado 8 de Instrucción Penal Militar con sede en el Batallón 21 Vargas de Granada, Meta, ya adelanta una investigación formal en contra del Capitán del Ejército Nelson Humberto Barbosa López y otros. Por su parte, la Fiscalía 31 de la Unidad de Derechos Humanos de Villavicencio, planteó por este caso una Colisión de Competencias, la que aguarda en el Consejo Superior de la Judicatura su resolución.

3. Al parecer, el proceso contra ISLENA se inició por petición expresa que elevara el Juzgado Penal Militar con sede en el Batallón 21 Vargas de Granada, Meta, cuyas motivaciones se desconocen.

ANTECEDENTES:

4. ISLENA REY RODRIGUEZ, es sobreviviente de la persecución y exterminio al que fue sometido el Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta en la década de los 90, en donde prácticamente todos sus integrantes fueron asesinados, desaparecidos y desplazados de manera forzosa, por lo que el Comité tuvo que asumir un cierre obligado y apenas en los últimos años de la década del 2000, pudo reabrir su sede en Villavicencio, a instancias de las órdenes impartidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por la decisión y compromiso de ISLENA en continuar el trabajo de defensa y promoción de los derechos humanos, labor que le ha merecido el reconocimiento de la comunidad nacional e internacional, al punto que le fue conferido el premio como Defensora Nacional de los Derechos Humanos 2013 otorgado por la coalición de agencias internacionales de cooperación; el premio Orden a la Mujer y la Democracia «POLICARPA SALAVARRIETA», el que le fue otorgado por el Congreso de la República en el mes de mayo de 2014,»; y, el premio a la Democracia Llanera conferido por la Asamblea Departamental del Meta, en marzo de 2014. Pero ISLENA también fue víctima de un atentado en hechos ocurridos el día 17 de octubre de 2009, cuando le fueron propinados dos disparos que casi le cuestan la vida y posteriormente, el día 15 de agosto del año 2010 su oficina fue asaltada con el fin de extraer información y sus equipos de cómputo y archivo fueron violentados, no obstante las órdenes dadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sentido de prestar especial protección a su persona y lugares de trabajo y habitación. Todos estos hechos quedaron en la más absoluta impunidad.

5. Víctimas de éste hostigamiento y persecución judicial, también han sido otros integrantes del Comité como TITO EPIFANIO GARZON GOMEZ y TULIA ROSA PERILLA, líderes sociales y comunales contra quienes se construyeron sendos procesos en la Fiscalía, acusados de rebelión e invasión de tierras respectivamente. En el caso de don TITO, es un líder social, comunal, ambientalista y defensor de derechos humanos que hace parte del Comité y quien fue detenido el día 26 de abril de 2014, mientras adelantaba su labor de defensa del patrimonio hídrico y natural en el municipio de Vistahermosa, dados los abusos, contaminación y destrucción del patrimonio natural que realizan las empresas petroleras que hacen presencia en la región. Estuvo detenido durante 56 días en el penal de Acacias y luego le concedieron prisión domiciliaria. Su caso se estructura con base en informes de inteligencia y testimonios bien sospechosos e inconsistentes de presuntos desmovilizados que lo vinculan a estructuras guerrilleras a las que por supuesto él nunca ha pertenecido. Su caso está iniciando la etapa de juicio.

6. En el caso de TULIA ROSA PERILLASANCHEZ, también integrante del Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta, es líder social del municipio de Puerto Rico, Meta y representante de la Mesa Departamental y Municipal de Víctimas, también es víctima del desplazamiento forzado y le fueron asesinados un hermano y su señor Padre, en hechos que comprometen la responsabilidad tanto del Ejército como de la guerrilla. A TULIA ROSA se le instruye un proceso por presunta invasión de tierras, de lo que ella es totalmente ajena, dado que lo único que la relaciona con el tema, es que en su condición de defensora de los derechos humanos ha ejercido su labor con familias desplazadas por la violencia que llegan al municipio en condiciones realmente deplorables, con niños y personas en condición de discapacidad. Su proceso se halla actualmente en la iniciación de la etapa de juicio y le fue igualmente reconocida la detención domiciliaria.

7. La abogada KATHERINE TORRES SANCHEZ, quien en un principio asistió jurídicamente a la familia del menor JEISSON ALEJANDRO SANCHEZ, en nombre el Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta, también es víctima de esta persecución y hostigamiento judicial, pues prácticamente con las mismas motivaciones, el Juzgado Penal Militar con sede en el Batallón 21 Vargas de Granada, Meta, la denunció ante el Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, por presuntas faltas al ejercicio profesional, denuncia carente de todo sustento fáctico y jurídico, pero que no obstante la instancia disciplinaria adelanta en la actualidad.

CONSIDERACIONES:

8. La secuencia fáctica que rodea este caso, sin duda configura un sistemático y repetido patrón de comportamiento en el que el aparato judicial es instrumentalizado para perseguir y hostigar a líderes sociales, comunitarios, ambientalistas y de derechos humanos, quienes por su trabajo en la defensa y promoción de los derechos humanos resultan incómodos a las intereses consolidados en la región, vinculados a ciertas estructuras de la Fuerza Pública con evidentes antecedentes en violaciones a los derechos humanos.

9. Las acusaciones y señalamientos de que son víctimas los miembros del Comité son totalmente ajenas a la realidad, pues estas personas lo único que han hecho es defender los derechos humanos, elevar las denuncias por los atropellos y vulneraciones de que son víctimas las comunidades y habitantes de la región y evidenciar los desafueros que cometen integrantes de las Fuerzas Militares contra la población civil.

10. De lo anterior resulta como conclusión obligada, que se está al frente de una innegable persecución al Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta, y que otra vez se reeditan las ignominias que en su contra se cometieron hace dos décadas, cuando prácticamente sellaron su exterminio y destrucción total, pero que gracias precisamente al compromiso y trabajo de sus nuevos integrantes, pero especialmente el de ISLENA REY RODRIGUEZ, pudo volver a tener vida institucional y presencia viva en la región de los llanos orientales, para defender la vida, la dignidad y los derechos humanos de los habitantes de una de las regiones en las que con mayor intensidad se padece el conflicto armado, el despojo de tierras y el desplazamiento de los habitantes nativos y oriundos de la zona.

11. Nos genera profunda inquietud y preocupación, que justo unos días después que la Corte Interamericana de Derechos Humanos levantara las medidas provisionales a ISLENA, se le comunicara la existencia del proceso en su contra, no obstante las múltiples dificultades e inconvenientes que se han presentado con la UNP y sus empresas contratistas respecto a la gestión de su esquema de protección.

12. Importa destacar igualmente, que la persecución a los líderes sociales, comunitarios, ambientalistas, campesinos y de derechos humanos es una práctica que desafortunadamente se generaliza en el país y se sufre con gran intensidad en la región de los llanos orientales, en donde se evidencia una práctica sistemática de judicialización a los líderes sociales y defensores de derechos humanos, en lo que podría evidenciarse como la judicialización de las luchas sociales y de quienes reclaman el cumplimiento, garantía y respeto por los derechos humanos. Hay indudablemente una instrumentalización del aparato judicial para enviar el mensaje que lo mejor sería aceptar la injusticia y la impunidad, pues de denunciante legítimo se puede terminar en denunciado y condenado.

EXIGIMOS:

13. Que el Estado colombiano garantice de manera efectiva a ISLENA REY RODRIGUEZ y a los demás integrantes del Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta, sus derechos a la libertad, honra, buen nombre, dignidad y demás derechos fundamentales que les han sido vulnerados o se hallan en inminente riesgo de serlo, frente a la utilización arbitraria, injusta e ilegal del aparato judicial como práctica sistemática de persecución y hostigamiento contra líderes sociales y defensores de los derechos humanos.

14. Que el Gobierno Nacional en cabeza del Presidente Juan Manuel Santos y de los ministros del Interior y de Defensa, impartan precisas instrucciones a los comandantes y demás integrantes de las Fuerzas Militares en el sentido de no considerar a los líderes sociales, ni a los defensores de derechos humanos como enemigos de la institucionalidad o como obstáculos para el cumplimiento de sus deberes, que por el contrario, se reconozca públicamente que tales actividades son legítimas y se encaminan al logro del pleno funcionamiento del Estado Social y Democrático de Derecho que nos rige.

15. Que el Fiscal General de la Nación imparta precisas instrucciones encaminadas a impedir la instrumentalización del aparato judicial y sus poderes investigativos para involucrar a líderes sociales y defensores de derechos humanos en procesos por hechos de los que son totalmente ajenos y se tomen con sumo cuidado las declaraciones y versiones que ofrecen personas que en la mayoría de las veces fungen como desmovilizados de los grupos armados al margen de la ley y que por su afán de lograr beneficios o mostrarse colaborativos, terminan involucrando a personas inocentes en estos procesos, tal como está sucediendo con los integrantes del Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta.

16. Que el Ministerio Público implemente los mecanismos necesarios para garantizar la protección de los derechos fundamentales de ISLENA REY RODRIGUEZ y de los demás integrantes del Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta, en especial, que se haga la intervención al interior del proceso que se le sigue, para evitar la vulneración aún mayor de sus derechos.

SOLICITUDES:

17. A la comunidad internacional, a las delegaciones diplomáticas con sede en Colombia y a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, que en el marco del cumplimiento de sus respectivos mandatos, insten al Estado colombiano y a sus autoridades, para que se respeten y garanticen integralmente los derechos fundamentales de ISLENA REY RODRIGUEZ y de los demás integrantes del Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta y se ofrezcan garantías reales para el desarrollo de sus labores como defensores de los derechos humanos.

18. A la comunidad nacional, organizaciones de derechos humanos, sociales, gremiales y ambientalistas, su expresión de solidaridad con el Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta y con su presidenta ISLENA REY RODRIGUEZ, frente a la difícil situación que soportan con ocasión de la persecución y hostigamiento judicial del que vienen siendo víctimas, al tiempo que les solicitamos respaldar esta acción y enviar sus pronunciamientos ante las autoridades estatales responsables de garantizar sus derechos.

COMITÉ CÍVICO POR LOS DERECHOS HUMANOS DEL META, CCDHM

Villavicencio, Meta, Febrero 16 de 2014

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