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Sigue suspendiéndose la justicia para la familia del Campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón, ejecutado extrajudicialmente.

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15 julio, 2016
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casa aicardo

Foto: Casa donde vivia y fue asesinado el campesino

Desde hace más de tres años, los familiares del campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón, quien fuera ejecutado extrajudicialmente por integrantes del Batallón Batalla De Calibío el 08 de julio de 2008, esperan se dé fin al juicio oral que se adelanta en el Juzgado Primero Penal Especializado de Antioquia, el cual desde Diciembre de 2013, fecha en que dicho Juzgado asumió conocimiento, no ha avanzado por las diferentes situaciones irregulares por parte de quienes deben trasladar a los procesados y maniobras dilatorias que se presentan cada vez que es programada una audiencia en contra de cinco de los militares que participaron en la planeación y en la ejecución de este crimen que acabó con la humanidad del campesino en la vereda Jabonal Alto de Yondó Antioquia.

Los pasados días 5, 6, y 7 de julio, volvieron a presentarse maniobras dilatorias que han sido advertidas por parte de Humanidad Vigente Corporación Jurídica, organización de derechos humanos que representa a las víctimas, entorpeciendo nuevamente el desarrollo del proceso judicial. Para esta audiencia se esperaba que la defensa de los militares presentara su único testigo, el Coronel Wilson Ramírez Cedeño, quien para la época de los hechos fungía como comandante del Batallón y quien en razón a otro caso similar de ejecución extrajudicial fue condenado por un juez de la república y se encuentra privado de la libertad en guarnición militar, y se diera paso a los alegatos de conclusión de las partes.

Pero un abogado de la bancada de la defensa de los militares, luego de desistir de la declaración de su único testigo, y cuando ya el juez había dado el uso de la palabra a la Fiscalía para iniciar sus alegatos, interrumpió intempestivamente a la Fiscal para solicitar al Juez que hiciera comparecer a uno de los testigos de cargo, que fue presentado por la Fiscalía en el año 2012; argumentando que su defendido ARLEY DE JESUS JULIO OCHOA, quien se encuentra recluido en la cárcel de máxima seguridad de Combita (Boyacá), le había dicho que por posibles contactos que han mantenido en el centro carcelario, el testigo EDWARD ALEJANDRO BOLAÑOS CASTAÑO le ha manifestado circunstancias de tiempo, modo, lugar diferentes a las que declarara en juicio, y que con ello daría al traste con la teoría del caso de la fiscalía, porque de acuerdo a lo que el testigo le ha dicho al procesado es que cambiaría su versión.

Llama la atención esos posibles contactos y diálogo que mencionó el abogado que su defendido tenía con el testigo, atendiendo a que este testigo se encuentra condenado por estos mismos hechos a 28 años de prisión, en la cárcel de máxima seguridad de Itagüí ubicada en Antioquia, y el defendido del abogado solicitante se encuentra en la cárcel de máxima seguridad ubicada en Combita Boyacá.

No obstante, a que tanto la Fiscalía y la representante de las víctimas se opusieron a esta solicitud argumentando su improcedencia, por estar fuera de la oportunidad procesal para hacerlo, y que esta solicitud se advertía como una maniobra más para entorpecer el curso del proceso dilatando nuevamente la conclusión del juicio. Sin embargo, estos argumentos no fueron de recibo al juez titular del despacho quien ordenó la comparecencia de este testigo, suspendiéndose nuevamente este juicio, lo que a criterio de la representante de víctimas genera inseguridad en la actuación judicial, y con ello se afecta gravemente los derechos fundamentales de las víctimas.

Por otro lado, genera preocupación que personas que acompañan a los procesados a las audiencias realicen registros audiovisuales de los sujetos procesales que intervienen en ella, sin que públicamente sea autorizado por el juez como es lo acostumbrado en este tipo audiencias que tratan de graves violaciones de derechos humanos. Esta situación fue advertida a la representante de victimas por una persona que también asistía como público a la diligencia. Es de señalar, que en este proceso judicial situaciones como éstas se han presentado y al ser conocidas por el juez se ha logrado establecer que quienes han hecho estos registros hacen parte del esquema de traslado de los reclusos que se encuentran detenidos en guarniciones militares.

 

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