Tribunal Superior de Bogotá niega nulidad en caso Tame
El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la decisión de no conceder la petición de nulidad de la audiencia preparatoria solicitada por la defensa del subteniente Raúl Muñoz Linares, en el caso de la violación de 2 niñas y posterior homicidio de una de ellas junto a sus hermanitos en zona rural de Tame, Arauca, en octubre de 2010.
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El Magistrado José Joaquín Urbano, ponente del fallo, confirmó el Auto proferido por la Juez 27 Penal del Circuito con funciones de conocimiento, en el que se niega la solicitud de nulidad de la audiencia preparatoria, a la vez que aclaró que contra dicha decisión no proceden recursos de apelación.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá anunció la lectura pública del fallo para este miércoles 15 de junio a las 8 de la mañana, sin embargo, el abogado defensor no se presentó por lo que el fallo definitivo fue anunciado el jueves 16 de junio a las 10 de la mañana.
La diligencia adelantada el miércoles 15 de junio, fue suspendida por el Magistrado Urbano, con el objetivo de garantizar la presencia del abogado defensor, con quien se tuvo problemas de comunicación para informar sobre la realización de la audiencia. «El abogado no contestó a sus teléfonos y aunque el telegrama informativo fue enviado, puede que no haya llegado a tiempo», expresó el magistrado.
Tan sólo pasaron 2 semanas desde que el abogado Sergio Rodríguez, abogado de confianza del Subteniente Muñoz, dirigiera la petición de nulidad a esta segunda instancia, luego de que en la audiencia celebrada el 27 de mayo de 2011, Jueza 27 Penal del Circuito con funciones de conocimiento le negara la solicitud.
Entre los argumentos, el magistrado Urbano señaló que el Tribunal no considera que en el caso del Subteniente Muñoz se haya violado su derecho a la defensa ni al debido proceso, teniendo en cuenta que él mismo escogió a sus defensores y además en el proceso se evidencia una clara estrategia de defensa que buscaba dilaciones.
Así mismo, el magistrado Urbano indicó que el Tribunal no puede permitir que dichas maniobras dilatorias ejecutadas por la anterior defensa (Defensoría Militar), prosperen, a la vez que manifestó que en caso de cambio de abogados, cuando la nueva defensa no comparte el trabajo hecho por sus predecesores, no es razón para solicitar una nulidad.
El Magistrado fue enfático en invitar a la nueva defensa del Subteniente Muñoz, a no continuar con las estrategias de dilación, recordando que la audiencia preparatoria no ha concluido y se debe evitar que se siga afectado el curso normal del proceso, y aún hay tiempo para que la defensa puede organizar una estrategia defensiva apropiada para el caso.
Humanidad Vigente y el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos – Arauca, celebran la decisión del alto Tribunal y destacan la celeridad con que fue declarado el fallo y así permitir que el curso normal del proceso prospere con el objetivo de llegar a la verdad y a la justicia en el menor tiempo posible, como es el deseo de las víctimas de este caso.