Por quinta vez en 2012 suspenden juicio contra militares acusados de ejecución arbitraria del campesino Aicardo Ortíz
Impunidad en casos de ejecuciones extrajudiciales.
La audiencia contra los cinco militares acusados de asesinar y luego presentar como «baja en combate» a un campesino de 58 años en zona rural de Yondó Antioquía en julio de 2008, fue nuevamente aplazada. Con esta suspensión el proceso queda congelado hasta 2013.
La impunidad en los casos de ejecuciones extrajudiciales se viene configurando antes de la aprobación del fuero penal militar. La constante en los casos son las dilaciones injustificadas, las estrategias defensivas desleales, el hostigamiento e intimidación a testigos e incluso a representantes de las víctimas y fiscales.
El 11 de diciembre de 2012, cuando se tenía previsto reiniciar la audiencia de juicio oral contra cinco uniformados del Batallón Calibío, una nueva abogada se presentó a la audiencia señalando que asumiría como defensora de confianza de dos de los procesados y por tanto requería tiempo para preparar la estrategia defensiva.
Esta situación irregular se presenta a pesar que desde el 16 de octubre de 2012 el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Antioquia recibió renuncia del abogado, razón por la cuál la Defensoría del pueblo Regional Antioquia nombró un defensor público para garantizar el derecho de defensa de los militares. El defensor tuvo acceso al expediente y tiempo para prepararse y así dar continuidad a este proceso. A pesar de la voluntad del defensor público éste finalmente no pudo asumir debido a la aparición de la defensora de confianza.
Además de las dilaciones injustificadas, los soldados han peticionado el cambio de centro de reclusión solicitando trasladado a una reclusión militar, desconociendo los principios legales que establecen que cuando un militar es procesado por hechos que no están ligados al servicio y constituyen graves violaciones a los derechos humanos, las guarniciones militares no son los establecimientos carcelarios habilitados para su privación de libertad.
Entre los argumentos para solicitar su traslado, los militares alegan que se encuentran en servicio activo y devengando salario, y para demostrarlo anexan certificaciones expedidas por la Jefatura de Desarrollo Humano del Ejército Nacional, incluso uno de los soldados anexa como soporte una decisión interna del Ejército donde le informa que se le asignó un cupo en la guarnición militar de Tolemaida.
En mayo de 2011 en una carta dirigida al presidente del Consejo Superior de la Judicatura, la entonces fiscal Viviane Morales pidió que se investigaran las constantes dilaciones de las que han sido objeto los procesos de ejecuciones extrajudiciales. Hoy vemos, en este caso como la defensa de los militares sigue empleando las mismas estrategias y como el Ejército Nacional se burla de las víctimas, manteniendo a los soldados en servicio, reconociéndoles su sueldo, gestionando que sean recluidos en guarniciones militares, a pesar de ser juzgado por graves violaciones a los derechos humanos.
Sistemáticas dilaciones durante 2012
El 29 de diciembre de 2011, el juzgado segundo penal del circuito especializado de Antioquia fijó como fecha para la continuación de las audiencias el día 13 de enero de 2012. Ésta audiencia se realizó sin contratiempos y se fijó la continuación para los días 21 al 24 de febrero. Sin embargo el día 22 de febrero durante el testimonio del ex-teniente Edgar Iván Flórez Maestre, la Fiscalía interpuso recurso de apelación en contra de la decisión del juez de no permitir la inclusión al juicio de algunos documentos y la negativa del mismo juez para no permitir la práctica de pruebas sobrevinientes
Por este recurso de apelación se suspendió el juicio hasta el 26 de junio de 2012, fecha en la cual el Tribunal Superior de Antioquia se pronunció negando las pruebas que la Fiscalía solicitaba y ordenando continuar con el juicio.
Posteriormente, el juzgado fija audiencias para los días 24 y 25 de julio de 2012. Sin embargo estas audiencias no se llevaron a cabo porque según el juez «una comunicación errónea emanada de una de las empleadas del Centro de Servicios Administrativos quien, de manera inconsulta, informó a la fiscal del caso que no se realizarían las diligencias en las fechas indicadas».
Por lo tanto, el juez del caso estableció que la audiencia continuara los días 30 y 31 de agosto de 2012. En la audiencia del día 30 de agosto de 2012, una de las defensoras de los militares le solicita al juez que se declare impedido para continuar con el juicio, porque según su criterio, el juez conoce al mismo tiempo del proceso que se adelanta en contra de un civil que acompañó a los soldados para cometer el homicidio del señor Aicardo Antonio Ortiz.
El juez acepta el impedimento a pesar de los argumentos y oposiciones de la Fiscalía, la representación de víctimas y el Ministerio Público, por lo que nuevamente la decisión queda en manos del Tribunal Superior de Antioquia. Entre tanto, el juicio queda suspendido cerca de un mes. El 11 de septiembre de 2012, El Tribunal de Antioquia declara infundado el impedimento y ordena al juez continuar con el juicio.
Es así como se programan las audiencias los días 13,14,15,16 de noviembre y 10,11,12 de diciembre. Las audiencias de noviembre no se realizaron, debido a que el día 13 cuando iniciarían no llegó ningún abogado defensor de los soldados, a pesar que desde el 16 de octubre el Juzgado estaba notificado de la renuncia del defensor de confianza.
Por lo tanto, el 30 de noviembre la Defensoría del pueblo Regional Antioquia, informa al despacho que ha designado a un defensor publico. Posteriormente, el 10 de diciembre de 2012, se instala nuevamente la audiencia pero es suspendida ante la solicitud de la nueva apoderada de dos de los militares quien solicita al despacho tiempo para estudiar el proceso y ejercer la defensa. Por estas razones la audiencia es nuevamente suspendida hasta el año 2013.
Sobre el proceso
Los soldados Arley de Jesús Julio, Elver Luis Mendoza Ruíz, Luciano Rojas Jaramillo, Luis Antonio Luque y Eloy Fernando Ortíz, están siendo procesados por el delito de homicidio en persona protegida, por hechos ocurridos en julio de 2008, cuando el campesino Aicardo Antonio Ortíz asesinado en su propia casa y luego presentado por el Ejército como «baja en combate».
Los militares que están siendo juzgados pertenecen a la Unidad Contraguerrilla Aguerrido 3, del Batallón Calibío, en la Décimo Cuarta Brigada del Ejército con sede en Puerto Berrío en el Magdalena Medio antioqueño.
Otros dos militares acusados por este grave crimen, entre ellos el oficial que estaba al mando de la tropa que participó en los hechos, el teniente Edgar Iván Flórez Maestre, y el soldado Castaño Bolaños se acogieron a sentencia anticipada, en virtud de preacuerdo celebrado con la Fiscalía General de la Nación, aceptando ser autores materiales del delito de homicidio en persona protegida y fraude procesal. Como forma de reparar a las víctimas, estos militares se comprometieron decir la verdad de lo sucedido y a pedir perdón. Sin embargo, hasta el momento, solamente el soldado Castaño Bolaños, ha ofrecido disculpas públicas y perdón a las víctimas, narrando como sucedieron los hechos.