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Juzgado 39 suspende una orden de captura y pone en libertad a 4 militares por el asesinado del campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón

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En el juzgado 39 penal municipal con función de control de garantías de la ciudad de Medellín se llevó a cabo el 28 de junio audiencia de sustitución de medida de aseguramiento y suspensión de órdenes de captura a favor de varios militares procesados por la ejecución extrajudicial del campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón ocurrida el 8 de junio de 2008 en la vereda Jabonal Alto jurisdicción del municipio de Yondó Antioquia. Los militares que estaban bajo el mando del teniente Edgar Iban Flores Maestre, son adscritos al Batallón de Ingenieros No14 Batalla de Calibío, unidad militar perteneciente  a la Brigada XIV del Ejército, con sede en Puerto Berrío, Antioquia la cual para la época de los hechos era dirigida por el  Coronel Wilson Ramírez Cedeño.

La solicitud de libertad fue presentada por los militares a través de la Fiscalía General de la Nación, en virtud de los artículos 6 y 7 del Decreto 706 de 2017, que tiene por objeto aplicar un tratamiento especial a los miembros de la fuerza pública en desarrollo de los principios de prevalencia e inescindibilidad del Sistema Integral de Verdad Justicia Reparación y No Repetición; luego de analizada el Juzgado resolvió aprobar la solicitud, y sustituir la medida de aseguramiento restrictiva de la libertad a 4 miembros del Ejército Nacional, y suspender orden de captura a otro.

Humanidad Vigente organización defensora de derechos humanos que acompaña a la familia de la víctima, apeló la decisión ya que el crimen del campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón no se presentó en el marco del conflicto armado ni es una acto propio del servicio; por el contrario al campesino lo asesinaron miembros del Ejército Nacional quienes propiciaron varias ráfagas de tiros sobre la humanidad del humilde campesino que se encontraba en su casa en estado de indefensión, además se debe verificar el cumplimiento estricto de los hechos con el conflicto armado; especificar las condiciones de libertad, las medidas que se van a tomar para que no se evada la justicia, y se garanticen los  derechos que tienen las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

Esta decisión, al igual que otras que han sido adoptadas en el marco de la Jurisdicción Especial de Paz, marca un precedente muy preocupante para las víctimas, ya que se otorgan beneficios y un trato diferenciado a responsables de ejecuciones extrajudiciales las cuales fueron comentadas a fin de obtener beneficios como ascensos, permisos y condecoraciones lo que demuestra el abuso de poder por parte de los agentes del Estado, apartándose completamente de sus deberes constitucionales.