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Denuncia Pública: Por los derechos de las comunidades indígenas y su niñez

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Imagen tomada de: Telascanto

Humanidad Vigente Corporación Jurídica (HVCJ) rechaza los hechos ocurridos en la noche del 06 de abril del 2022 en el Parque Nacional ubicado en el centro de la ciudad de Bogotá.  En este lugar,  se presentaron diferentes hechos violentos ejercidos por el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) de la Policía, en contra de la población indígena que se encontraba resguardada en el Parque Nacional como población desplazada. Cabe aclarar que la presencia del ESMAD se dio luego de la orden emitida por la Alcaldía de Bogotá.

Los hechos violentos iniciaron con los desalojos iniciados por el ESMAD en contra de Pueblos Embera Katio, Yanacona, Kokonuco, Kubeos, Wayuu, Nasa, Uitoto, Zenú, Pijaos, Esperara Siapidara, Pastos, Muiscas, Koreguaje, que tuvieron que salir de su territorio comunal como consecuencia del conflicto armado y la falta de garantías del gobierno nacional a la protección de sus territorios.[1]

En los hechos violentos resultaron heridos, entre otros, niñas, niños y varias mujeres embarazadas, por agentes del ESMAD debido al lanzamiento de gases lacrimógenos y granadas aturdidoras. De hecho, una de las mujeres embarazadas tuvo que ser trasladada a un centro médico debido a que presentó complicaciones de salud. Además, 4 niñas y niños fueron remitidos a centros asistenciales. Por otra parte, hay un reporte de menores de edad desaparecidos los cuales salieron por miedo del lugar.[2]

Esta situación es alarmante y refleja un desinterés del Estado colombiano en cabeza de la Alcaldía de Bogotá, por la protección de población en la que se intersectan diferentes factores de vulnerabilidad, particularmente niñas, niños y mujeres embarazadas indígenas en condición de desplazamiento.  Al respecto, la Constitución Política señala la protección especial de los grupos étnicos (art. 7), de las mujeres (art. 43) y de los niños (art. 44). Es preocupante el accionar de la Alcaldía, especialmente conociendo el patrón de conducta del ESMAD que ejecuta hechos de violencia letal en contra de la población civil. 

HVCJ condena los hechos de violencia que afectaron a niñas y niños, en los cuales se encuentran agresiones físicas y ataques con gases lacrimógenos. Los ataques del ESMAD a niñas y niños no son nuevos. Tal como fue reportado por la CIDH en la visita de trabajo del año pasado en el marco del Paro Nacional, el ESMAD ha atacado a población civil con este tipo de sustancias, afectando desproporcionadamente a la niñez.[3]

Por lo anterior, se recuerda que cualquier autoridad estatal que vaya a adoptar una medida, incluyendo el uso de la fuerza, que afecte a las niñas y los niños de manera directa, debe tener como consideración primordial el interés superior del menor.[4] Esto implica que las autoridades deben demostrar que las medidas adoptadas que afectan niñas y niños, se tomaron teniendo en cuenta este interés superior. En particular, la Corte Constitucional ha reconocido una categoría especial de “interés superior del niño y la niña indígena” que redobla su protección.[5]

De manera similar, la Corte Constitucional ha reconocido la protección reforzada y de sujeta de especial protección de las mujeres embarazadas. Por lo cual, resulta reprochable que el Estado colombiano ataque indiscriminadamente a la población afectada.

Así, HVCJ exige a la Alcaldía de Bogotá y en general al Estado,  cumplir con los estándares internacionales y constitucionales del uso de la fuerza como último recurso. Así mismo de abstenerse de ejecutar ataques indiscriminados a población especialmente vulnerable, como niñas, niños, mujeres embarazadas, entre otras.

De igual forma, se exige a la Fiscalía y la Procuraduría la investigación con debida diligencia a los agentes oficiales involucrados en los graves hechos violentos presentados en el Parque Nacional.

Descarga la denuncia en PDF a continuación:

DENUNCIA PÚBLICA Por los derechos de las comunidades indígenas y su niñez PDF


[1] En la actualidad se encuentran 275 familias Embera Chamí y Katío que cuentan con más de 747 personas y 261 familias de otros grupos indígenas que también se encuentran resguardadas en el Parque Nacional, donde en su mayoría son niños y niñas.

[2]https://www.pulzo.com/nacion/esmad-disperso-indigenas-que-protestaban-parque-nacional-PP1318741  https://www.elespectador.com/bogota/se-reportan-enfrenamientos-entre-indigenas-embera-y-el-esma d-en-el-parque-nacional-de-bogota/

[3] Observaciones y recomendaciones de           la visita de trabajo de la CIDH a Colombia realizada del  8 al 10 de junio de 2021, parrafo 52. https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ObservacionesVisita_cidh_Colombia_spA.pdf

[4] Comité de los Derechos del Niño. Observación general Nº 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1). CRC/C/GC/14. 29 de mayo de 2013. Párr. 6.

[5] Corte Constitucional Colombiana, Sentencia T 443 de 2018.

 

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