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Condenado soldado del Ejército Nacional por secuestro agravado cometido en Yondó Antioquia

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Imagen tomada de Revista Semana

El 14 de marzo de 2009 aproximadamente a las 5 de la tarde las menores YCP, RJHG de 15 años y ENHG de 8 años de edad salieron por unas aves a la finca donde residía la señora Alix Pretsede Contreras Díaz, su esposo e hijo menor JACC, ubicada en la Vereda San Francisco del Municipio de Yondó Antioquia. La señora Contreras se encontraba con su hijo preparando la cena cuando llegaron las tres menores de edad. Transcurridos más o menos tres minutos arribo al lugar el soldado José Miguel Carrera Magaña, perteneciente al Batallón de Ingenieros No 14 Batallla de Calibío quien les apunto con su fusil y les ordeno hacer una fila.

Los menores en principio no hicieron caso, pero el soldado se tornó agresivo y les ordenó ingresar a una habitación de la casa diciéndoles que tenía ordenes de matar a un guerrillero, ya que él hacia parte de los paramilitares que estaban dentro del ejército y que si no mataba a un guerrillero, preguntando insistentemente por el esposo de la señora Contreras.  El soldado amarro a las personas que se encontraban en el lugar (la señora Contreras y cuatro menores de edad); ubicó un galón de gasolina junto con una granada de fragmentación a la entrada de la habitación, para amenazar y amedrantar la vida de estos, advirtiéndoles que si gritaban o intentaban salir, la granada se iba a accionar. Minutos después sustrajo de la habitación a dos de las menores a quienes accedió sexualmente. El soldado dejó su placa de identidad a una de las menores, indicándole que debía guardarla porque volvería por ella. Es de advertir que una de las niñas estaba en estado de embarazo.

Por el delito de acceso carnal violento, el soldado José Miguel Carrera Magaña fue condenado en agosto de 2010 por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Puerto Berrio- Antioquia, a una pena privativa de la libertad de 18 dieciocho años. Por otra parte y mediante sentencia de julio de 2017, el mismo juzgado condenó al Soldado Carrera Magaña por el delito de secuestro agravado en concurso homogéneo y sucesivo a una pena de prisión de 17 años y una multa de ochocientos salarios mínimos legales vigentes, además de inhabilitarlo para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso igual al de su condena, producto de su aceptación de cargos.

Llama la atención que, aunque existen  pruebas que el Soldado Carrera Magaña realizó estos actos actuando como miembro activo del Ejército Nacional, portando sus elementos distintivos y de dotación, el Juzgado primero administrativo de Antioquia en fallo del 22 de julio de 2015 negó la reparación administrativa a la señora Alix Conteras y su hijo menor argumentando que el soldado actuaba de manera autónoma e independiente, decisión que fue apelada por Humanidad Vigente organización defensora de derechos humanos que acompaña y representa a las víctimas, esperando que con la aceptación de cargos del soldado, se repare dignamente a las víctimas.