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28 años de La Convención sobre los Derechos del Niño

  • Santo mezcal, líbranos de todo mal.

Hoy 20 de noviembre de 2017, La Convención sobre los Derechos del Niño cumple 28 años de haber sido adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 44/25 del 20 de noviembre de 1989, siendo el mayor instrumento internacional que regula los derechos intrínsecos de los más de 2200 millones de menores de edad que hay en los cinco continentes del mundo. En Colombia existen aproximadamente 17 millones de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, siendo un grupo significativo del total de la población del país que supera los 45 millones de habitantes.

La participación de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la construcción de paz es fundamental, por ello los gobiernos locales, departamentales, municipales y el nacional, deben garantizar y tener en cuenta las propuestas y exigencias de estos sin estigmatizarlos, señalarlos ni discriminarlos a razón de su identidad sexual, color de piel, etnia, procedencia, lengua, género o discapacidad. El Estado y el gobierno deben garantizar el cumplimiento efectivo de las políticas y programas que se han creado para la protección de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, esto implica que los funcionarios sean formados, los escuchen y atiendan con calidad y respeto, que se apliquen las medidas y programas para la prevención y sanción de la violencia sexual y las violencias contra niñas, niños, adolescentes y jóvenes en los espacios cotidianos.

El Estado colombiano ha reconocido en su ordenamiento jurídico interno la prevalencia de los derechos de las personas menores de 18 años sobre el resto de la población. Así mismo ha ratificado la mayoría de instrumentos internacionales de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, los cuales se han constituido en herramientas fundamentales para la exigibilidad de sus derechos, en particular cuando ello debe hacerse por vía judicial. No obstante, Colombia aún no ha ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de presentación de comunicaciones, presenta diversos obstáculos para la adecuada implementación de la normatividad en mención y no logra hacer efectivo el principio de interés superior del niño y la niña en la toma de decisiones y en sus políticas públicas. / Informe Alterno al Informe del Estado colombiano Sobre el Cumplimiento de la Convención de los derechos del niño 2013.

Anexo: Convención sobre los Derechos del Niño