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Grave retroceso para la justicia en Colombia si se aprueban proyectos de ley para ampliar el fuero penal militar

Escrito por  el 
25 noviembre, 2014
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fuero penal

Vemos con profunda preocupación los renovados esfuerzos legislativos del gobierno colombiano que podrían negar la justicia por los abusos de derechos humanos – incluyendo las ejecuciones extrajudiciales – cometidos por miembros de la fuerza pública.

Dos iniciativas presentadas ante el Congreso de Colombia ampliarían la jurisdicción de los tribunales militares y policiales de tal forma que podrían permitirles juzgar crímenes de derechos humanos  presuntamente cometidos por miembros de la fuerza pública. El primero, proyecto de ley 085 de 2013 del Senado /proyecto de ley 210 de 2014 de la Cámara de Representantes, ordena que un homicidio presuntamente cometido por un miembro de la fuerza pública deba ser juzgado por un tribunal militar. Dado que casos de ejecuciones extrajudiciales – incluyendo esos conocidos como  «falsos positivos» – han sido imputados como homicidios en el pasado, la adopción de este proyecto de ley hace que sea probable que tales crímenes sean juzgados por un tribunal militar, los cuales han fracasado con frecuencia para entregar justicia por abusos de derechos humanos cometidos por miembros de la fuerza pública.

Como advirtieron 12 expertos de la ONU, «creemos que la adopción de la reforma propuesta representaría un retroceso significativo en los esfuerzos realizados por Colombia para cumplir con las obligaciones contraídas en el derecho internacional humanitario y de los derechos humanos. Esto es especialmente grave en el contexto de los importantes esfuerzos realizados por el Estado colombiano para superar y prevenir la repetición de las notorias violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado, en particular las ejecuciones extrajudiciales (también conocidas como «falsos positivos») llevadas a cabo entre 2002 y 2008 por algunos miembros de la Fuerza Pública.»

El segundo, proyecto de ley 022 de 2014 del Senado, modificaría la Constitución para exigir que «infracciones» al derecho internacional humanitario y crímenes cometidos por miembros en servicio activo sean juzgados por tribunales militares, con la excepción de crímenes de lesa humanidad, genocidio, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, desaparición forzada, tortura y desplazamiento forzado. Las ejecuciones extrajudiciales y otras de estas excepciones no son los términos usados en el código penal colombiano para tipificar estos crímenes, dejando abierta la posibilidad que tales crímenes sean procesados por los tribunales militares. Además, el proyecto de ley está redactado de tal forma que parece permitir que cualquier violación de derechos humanos no incluida en la lista de excepciones – tales como detenciones arbitrarias, trato cruel, secuestro o intercepciones ilegales – sea automáticamente juzgada en tribunales militares, sin hacer mención de tortura, desaparición forzada y crímenes de violencia sexual, los cuales pueden equivaler a crímenes de guerra y, por lo tanto, también sean sujetos a la competencia de los tribunales militares.

Una tercera iniciativa, proyecto de ley 129 de 2014 de la Cámara de Representantes, busca aplicar el derecho internacional humanitario como el marco legal para juzgar los abusos cometidos por miembros de la fuerzas pública en lugar de permitir que se aplique la ley de derechos humanos cuando sea apropiada. Es más, este proyecto de ley estipula, de acuerdo al nuevo marco legal que establecería, un período de seis meses para revisar y transferir todos los casos en contra de miembros de las fuerzas armadas y la policía actualmente bajo la jurisdicción de los tribunales civiles a los tribunales militares, lo cual implica que todos los casos bajo disputa pasarían directamente al sistema penal militar una vez se acabe el periodo de revisión. Una cronología rápida como tal hace que sea probable que algunos casos de los falsos positivos, actualmente en el sistema de justicia civil, acaben en los tribunales militares.

Los tribunales militares pueden ser apropiados para cuestiones de disciplina militar, incumplimiento de órdenes, corrupción y las infracciones relacionadas con el ejército como insubordinación, pero no han tenido éxito en la rendición de cuentas del personal militar y policial responsables por violar los derechos de la población civil, incluyendo en los casos de ejecuciones extrajudiciales, violación sexual y tortura. Una vez irrumpió el escándalo de los falsos positivos en el 2008, el gobierno colombiano hizo importantes avances en la administración de justicia al transferir muchos de esos casos a tribunales civiles. No debería retroceder mediante la creación de nuevas leyes para proteger a los miembros de la fuerza pública del enjuiciamiento por violaciones de derechos humanos en tribunales civiles, donde las víctimas civiles puedan tener la oportunidad de un juicio justo. Además, en el avance de las negociaciones de paz entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC, ambas partes se han comprometido a no «intercambiar impunidad» y prometieron que los  derechos de las víctimas «no son negociables». Estos proyectos de ley, de ser aprobados, socavarían tal compromiso, al igual de las obligaciones internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario.

AMNESTY INTERNATIONAL
LATIN AMERICA WORKING GROUP (LAWG)
WASHINGTON OFFICE ON LATIN AMERICA
WORLD ORGANISATION AGAINST TORTURE
ROBERT F. KENNEDY CENTER FOR JUSTICE & HUMAN RIGHTS
INTERNACIONAL OFFICE FOR HUMAN RIGHTS ACTION FOR COLOMBIA (OIDHACO)
KOLKO – MENSCHENRECHTE FŰR KOLUMBIEN
ABCOLOMBIA
MENNONITE CENTRAL COMMITTEE US, WASHINGTON OFFICE
FELLOWSHIP OF RECONCILIATION PEACE PRESENCE
UNITED CHURCH OF CHRIST, JUSTICE AND WITNESS MINISTRIES
JESUIT CONFERENCE OF THE UNITED STATES
PRESBYTERIAN CHURCH (USA)
CENTER FOR INTERNATIONAL POLICY
COLOMBIAN CARAVANA UK LAWYERS GROUP
COLOMBIA SOLIDARITY COMMITTEE
ACAT FRANCE

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