Humanidad Vigente | Condena de 40 años de prisión contra civil que señalo y llevo al ejército hasta la casa del campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón, quien fue ejecutado extrajudicialmente. - Humanidad Vigente
Archivo

Condena de 40 años de prisión contra civil que señalo y llevo al ejército hasta la casa del campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón, quien fue ejecutado extrajudicialmente.

Escrito por  el 
23 octubre, 2014
  • Image Not Found On Media Library

CONSEJO DE ESTADO

El pasado 17 de Octubre, la Sala Penal de decisión del Tribunal Superior de Antioquia emitió fallo de segunda instancia contra Jhonatan Andrés Coronado Prada, aumentando la pena a 40 años de prisión al considerarlo coautor del homicidio en persona protegida del campesino Aicardo Antonio Ortiz Tobón. Coronado Prada fue el civil que trabajaba como informante y guía del ejército nacional y quien llevó a los militares hasta la humilde morada del campesino donde fue ejecutado extrajudicialmente.

Quedo demostrado en juicio, que el 8 de julio de 2008 en la Vereda el Jabonal Alto Corregimiento San Francisco del Municipio de Yondó Antioquia, el Pelotón Aguerrido 3 del Batallón de Ingenieros número 14 Batalla de Calibío al mando del teniente Edgar Iván Flórez Maestre, dieron muerte al campesino Aicardo Ortiz Tobón reportando el hecho como una baja en combate en desarrollo de la Operación Táctica Mármol en desarrollo de la operación Majestad dos. Se pudo establecer que la muerte del campesino se produjo en su hogar hasta donde llego el ejército guiado por Jhonatan Andrés Coronado Prada quien además suministro el arma colocada en la escena del crimen como parte del montaje que se realizó contra el campesino.

De acuerdo a la sala penal del Tribunal Superior de Antioquia, Coronado Prada no fue un simple interviniente como lo calificó el fallador de primera instancia, sino COAUTOR del delito de Homicidio en Persona Protegida, señalando los siguiente: «(…)el juez de primera instancia acertó al inferir que una persona que no participa de las hostilidades no puede considerarse sujeto activo de este tipo de infracciones pero se equivocó al delimitar ese tipo de expresiones a quienes tienen la calidad de combatientes, lo anterior por cuanto son factibles los eventos en los que con ocasión y desarrollo de un conflicto armado, una persona en principio no combatiente participa en las hostilidades y como consecuencia de esa participación puede ser sujeto activo contra los bienes y personas protegidas por el derecho internacional humanitario, (…). En este caso se estableció que el procesado Jhonatan Andrés Coronado Prada venia laborando de tiempo atrás con el ejército en las operaciones contra guerrilleras que llevaba la unidad militar en cuestión en la zona del municipio de Yondó, y que en ocasión y desarrollo de tales acciones fue que en una acción concertada con miembros de las fuerzas militares y Jhonatan Andrés Coronado Prada decidieron acabar con la vida de un inerme campesino de la zona, de tal manera que surge evidente la participación directa de Coronado Prada en acciones bélicas, en este caso pretendieron hacer pasar a la víctima como un miembro de los grupos armados que enfrenta el Estado…»

Aicardo Antonio Ortiz Tobón es uno de los miles de colombianos ejecutados extrajudicialmente por integrantes de las fuerzas armadas del Estado colombiano en lo que el relator de Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales Philip Alston identifico diciendo que «De mis investigaciones se desprende claramente que los miembros de las fuerzas de seguridad de Colombia han cometido un número considerable de ejecuciones ilegales y que el cuadro sistemático de falsos positivos se ha repetido en todo el país. Ha habido demasiados asesinatos de carácter similar para caracterizarlos como incidentes aislados perpetrados por apenas algunos soldados o unidades renegados, o «manzanas podridas». Las ejecuciones extrajudiciales en Colombia han sido una práctica sistemática y generalizada cometida por miembros de las fuerzas militares a fin de presentar resultados y recibir beneficios económicos, permisos y ascensos.

En desarrollo de los procesos judiciales iniciados por este caso, se han presentado cientos de inconvenientes y dilaciones que han obstaculizado el derecho a la verdad y a una justicia pronta. Sin embargo, es importante destacar que por estos hecho ya existen dos condenas en firme, una la del Teniente Edgar Iván Flórez Maestre, quien comandaba la tropa, y la del soldado Eduard Alejandro Castaño Bolaños, quienes se acogieron a preacuerdo con la Fiscalía, éste último señaló en su testimonio que las órdenes de realizar este tipo de crímenes eran impartidas «desde los altos mandos», y que de ello tenía conocimiento el Comandante del Batallón que para la fecha de los hechos era el Coronel Wilson Ramírez Cedeño, quien está vinculado a otros procesos judiciales por hechos similares.

Los próximos días, 27, 28 y 29 de octubre se reanudarán la audiencia de juicio oral contra cinco militares más vinculados a estos hechos, luego de casi un año de suspensión de la audiencia. Estos militares a pesar de haber cometido una grave violación a los derechos humanos se encuentran privados de la libertad en guarniciones militares en donde gozan de privilegios.

Dejar un comentario

Su opinión es muy importante para nosotros, su correo electrónico no será revelado